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EE.UU. veta entrada al país
de ejecutivos de trasnacionales españolas con propiedades en Cuba.
EEUU veta la entrada a los hoteleros
mallorquines con propiedades en Cuba. El Departamento de Estado insta a
cadenas de Balears a abandonar la gestión de solares confiscados por
Cuba a ciudadanos norteamericanos.
Las cadenas hoteleras mallorquinas (Españolas) están recibiendo avisos
del Departamento de Estado de Estados Unidos, notificándoles que por
ocupar una propiedad confiscada en la isla de Cuba y comercializarla
para beneficio propio, se les prohíbe la entrada en este país a los
propietarios de las empresas, empleados, accionistas y familiares. Esta
medida afecta directamente, entre otras, a las cadenas Sol Meliá, Blau
Hoteles, Iberostar, grupo Piñero y Riu. El escrito está firmado por el
coordinador de la Oficina de Asuntos Cubanos-Sala 3234, Stephen G.
McFarland, con sede en Washington.
Esta situación está generando ya serios problemas operativos a las
cadenas afectadas, principalmente a aquéllas que tienen activos
turísticos en EEUU, oficinas de representación y acuerdos con empresas
americanas. En la notificación se indica que la Oficina de Asuntos
Cubanos está informada de que hay cadenas hoteleras que están
gestionando y dirigiendo un hotel en Cuba, el cual aparece ubicado sobre
propiedad confiscada y que un ciudadano americano ha presentado una
reclamación sobre este hecho.
Se explica que la medida coercitiva decidida por Washington está
motivada porque al reclamar un ciudadano americano la actuación del
Gobierno por incumplirse el Título IV de Ley «Libertad», la
administración se ve obligada a actuar de oficio. En dicha ley se
especifica que el supuesto de «traficar» se produce cuando una compañía
compra o adquiere una propiedad confiscada y comienza a gestionarla, «poseer,
utilizar o tener interés en dicha propiedad. Y participa en un acuerdo
mercantil utilizando o, de otro modo, beneficiándose de dicha propiedad,
mejorando o invirtiendo en la mencionada propiedad». Dentro del
procedimiento jurídico americano se explica que una medida de estas
características puede ser evitada o levantada «si se demuestra que la
persona en cuestión ha cesado en cualquier participación o relación con
la propiedad confiscada en Cuba con el objetivo de retirarse de este
país. Asimismo, una resolución puede ser evitada o levantada cuando se
obtenga un permiso de participación con la propiedad confiscada por
parte del dueño de la reclamación o derecho de esa propiedad».
El coordinador de la Oficina de Asuntos Cubanos puntualiza en el escrito
remitido a las cadenas que están abiertos a cualquier tipo de
documentación adicional, «que podría ser relevante para nuestra
inspección y estudio posterior. Esperamos resolver este asunto de manera
rápida y, si usted decide responde, le animamos a hacerlo. Por favor,
responda en los próximos 45 días», finaliza la carta de McFarland. Cuba
mantiene la oportuna cautela sobre esta espinosa cuestión, que es un
añadido más a la polémica que se suscitó a finales de 1998 y principios
de 1999 con la aplicación de la Ley Helms-Burton, que provocó la
apertura de expedientes administrativos contra la cadena Sol Meliá. Este
hecho motivó en su día el rechazo unánime del Gobierno español, partidos
políticos, Govern, CAEB y patronales turísticas.
Fuente:
www.lanuevacuba.com
www.ultimahora.es
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